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TSJ declaró parcialmente con lugar demanda laboral interpuesta por trabajador

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad ocupacional y daño moral interpuesta por el ciudadano Julio Ernesto Carrasco Castro contra la sociedad mercantil Servicios San Antonio Internacional, C.A., anteriormente denominada Pride International C.A.
Así lo indica la sentencia N° 0347/2017 de la mencionada Sala del Alto Juzgado, con ponencia del magistrado Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, que además declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de Julio Carrasco Castro contra la decisión dictada por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, de fecha 26 de enero de 2016.
Señala el TSJ en su dictamen, entre otros aspectos, con relación al daño moral, se advierte que al haber demostrado el trabajador la existencia del daño (enfermedad) y la relación de causalidad de éste con el trabajo, es decir, que el mismo devino de la prestación de servicio, procede su condenatoria, ello en virtud, de que en materia laboral, dicho concepto tiene su asidero en la teoría del riesgo profesional, esto es, la responsabilidad por guarda de cosas, por lo que, el patrono, es responsable en los casos en que el trabajador haya sufrido un infortunio de “carácter laboral” independientemente de que medie intención, negligencia, imprudencia, inobservancia de la normativa de seguridad y salud en el trabajo.

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